Consejos Locales de Educación Pública (CLEP)
En cada SLEP existirá un Consejo Local de Educación Pública (CLEP) y su misión es colaborar con la o el Director Ejecutivo representando ante este/a los intereses de las comunidades educativas, para que el servicio educacional considere adecuadamente sus necesidades y particularidades.
¿Quiénes lo integrarán?
- Dos representantes de los centros de estudiantes de los establecimientos dependientes del Servicio Local de Educación Pública (SLEP).
- Dos representantes de los Centros de Padres y Apoderados de los establecimientos educacionales.
- Dos representantes de los profesionales de la educación de los establecimientos educacionales.
- Dos representantes de los asistentes de la educación de los establecimientos educacionales.
- Un representante de las universidades, con sede principal en la región, acreditadas por cuatro años o más.
- Un representante de los centros de formación técnica o institutos profesionales acreditados y que no persigan fines de lucro, con sede principal en la región.
- Dos representantes de los equipos directivos o técnico pedagógicos de los establecimientos, elegidos por sus pares.
Reglamento
Descarga aquí el reglamento que regula el funcionamiento de los Consejos Locales