¿Qué cambia para mí?
La NEP tendrá como objetivo velar por el respeto a las particularidades de cada nivel y modalidades educativas, considerando la integralidad, pluralidad y el apoyo constante a los estudiantes.
Estudiantes
La educación pública está orientada al pleno desarrollo de los estudiantes, de acuerdo a sus necesidades y características. Procura una formación integral de las personas, velando por su desarrollo espiritual, social, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, entre otros, y estimulando el desarrollo de la creatividad, la capacidad crítica, la participación ciudadana y los valores democráticos (Artículo 2 de la Ley 21.040).
Además, El nuevo Sistema de Educación Pública promueve que todas y todos los integrantes de la Comunidad Escolar sean parte de la construcción de la Educación Pública en su territorio. Por lo cual, además de continuar con su representación en el Consejo Escolar de cada comunidad educativa, tal como ocurre hasta ahora, en el Nuevo Sistema de Educación Pública, tendrán representación en el Consejo Local, que es un órgano del respectivo SLEP que tiene como objetivo colaborar con el Director/a Ejecutivo en su función de dirigir, organizar, administrar y gestionar al respetivo SLEP.
A través de dicho Consejo Local, los/as dos representantes de Estudiantes podrán llevar ante el Director/a Ejecutivo, y en conjunto con los demás integrantes del Consejo Local, sus necesidades y particularidades, de manera tal de hacer atingente a la realidad propia del territorio y construir en conjunto la Educación Pública en el SLEP.
Docentes
Además de continuar con su representación en el Consejo Escolar de cada comunidad educativa, tal como ocurre hasta ahora, en el Nuevo Sistema de Educación Pública, tendrán representación en el Consejo Local, que es un órgano del respectivo SLEP que tiene como objetivo colaborar con el Director/a Ejecutivo en su función de dirigir, organizar, administrar y gestionar al respetivo SLEP.
A través de dicho Consejo Local, los/as dos representantes de profesionales de la educación podrán llevar ante el Director/a Ejecutivo, y en conjunto con los demás integrantes del Consejo Local, sus necesidades y particularidades, de manera tal de hacer atingente a la realidad propia del territorio y construir en conjunto la Educación Pública en el SLEP.
Además, como lo señala el artículo 4 de la Ley N°21.040, los establecimientos educacionales son la unidad básica y fundamental del Sistema. Están conformados por sus respectivas comunidades educativas, integradas por estudiantes, padres, apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación y por sus respectivos equipos docentes directivos. Dichos establecimientos contarán con autonomía para la definición y desarrollo de sus proyectos educativos, de acuerdo a la identidad y características propias de sus comunidades, de conformidad a la normativa vigente.
En este marco, corresponderá a los profesionales de la educación ejercer un rol fundamental para la consecución del objeto del Sistema y para la materialización de los principios que lo guían, desarrollando estrategias y metodologías con creatividad y autonomía.
Profesionales y equipos directivos de los Establecimientos Educacionales
Siempre con el lema de la mayor participación, todos los profesionales de la educación, que tienen labores directivas, técnico-pedagógicas y de aula, también escogerán dos representantes que llevarán sus intereses a la mesa en que se sentarán todos los actores de los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP). Sin embargo, el gran beneficio que obtendrán ahora es la posibilidad de trabajar en red con otros establecimientos pertenecientes al territorio que administrará el SLEP. Así, un profesional no sólo podrá nutrirse de la experiencia de otros colegas.
Apoderados
Madres, Padres y Apoderados, tendrán representación en el Consejo Local, que es un órgano del respectivo SLEP que tiene como objetivo colaborar con el Director/a Ejecutivo en su función de dirigir, organizar, administrar y gestionar al respetivo SLEP.
A través de dicho Consejo Local, los/as dos representantes de Madres, Padres y Apoderados podrán llevar ante el Director/a Ejecutivo, y en conjunto con los demás integrantes del Consejo Local, sus necesidades y particularidades, de manera tal de hacer atingente a la realidad propia del territorio y construir en conjunto la Educación Pública en el SLEP.
También, Madres, Padres y Apoderados serán parte del Comité Directivo Local, que es un órgano en el sistema de Educación Pública que velará por el adecuado desarrollo estratégico del Servicio, por la rendición de cuentas del Director/a Ejecutivo ante la comunidad local, y contribuir a la vinculación del Servicio Local con las instituciones de gobierno de las comunas y la región (artículo 29 de la Ley N° 21.040).
Funcionarios DAEM
Dentro de la reforma que involucra la Nueva Educación Pública, el gran cambio lo vivirán los funcionarios que trabajaban en el sistema antiguo de administración municipal o a través de corporaciones de educación. Con la nueva ley, ellos no serán traspasados en forma automática y para continuar desempeñándose en los Servicios Locales de Educación Pública deberán participar de un concurso cerrado. De no cumplir con los requisitos, los funcionarios “DAEM” tendrán dos caminos: o son indemnizados o deberán ser reubicados dentro del municipio en otra labor.