La Ley Karin, promulgada el 05 de enero de 2024 y que entró en vigencia el 01 de agosto de 2024, es una normativa que está orientada a prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo, ya sea en el sector privado o en el sector público, la cual establece como obligación en todas las empresas y órganos del Estado un protocolo de prevención del acoso laboral.

En este sentido, la Ley Karin:

  • Regula del acoso sexual, laboral, y la violencia en el trabajo, tanto en sector privado como en sector público.
  • Establece un protocolo de prevención del acoso laboral y/o sexual, y la violencia en el trabajo.
  • Contiene medidas de resguardo y el reconocimiento de atención psicológica temprana para las personas trabajadoras denunciantes.
  • Perfecciona los procesos de investigación del acoso sexual y laboral en el sector público.
  • Refuerza el rol de la Dirección del Trabajo y la Contraloría General de la República en el procedimiento de investigación.

Además, cuenta con los siguientes protocolos de prevención:

  • La identificación de los peligros y la evaluación de los riesgos psicosociales.
  • Las medidas para prevenir y controlar tales riesgos, con objetivos medibles, para controlar la eficacia de dichas medidas y velar por su mejoramiento y corrección continua.
  • Las medidas para informar y capacitar a las y los trabajadores y a las trabajadoras sobre los riesgos, medidas de prevención y protección.
  • Las medidas para prevenir el acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo, conforme a la naturaleza de los servicios prestados.
  • Las medidas de resguardo de la privacidad y la honra de todos los involucrados en los procedimientos de investigación.

¡Juntas y juntos avanzamos en espacios laborales libres y seguros!